Abogados clausulas suelo

RECUPERA TU CLÁUSULA SUELO

Como abogados especialistas en cláusulas suelo, los problemas más frecuentes que nos encontramos con las hipotecas son las cláusulas abusivas que pusieron los bancos a la constitución de hipotecas; por ejemplo, las cláusulas suelo, o las cláusulas de gastos de constitución de hipoteca.

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Nulidad de Cláusula Suelo

 

El Tribunal de Justicia de la UE de Luxemburgo reconoce la retroactividad total desde la firma del préstamo, de la nulidad de la cláusula suelo. Por tanto, cualquier consumidor bancario que demande la nulidad de dicha cláusula recuperará todo el dinero cobrado en exceso por el banco desde el inicio de tu hipoteca.

 

Si llegaste a un acuerdo con el banco, como abogados cláusulas suelo analizamos gratuitamente el acuerdo, antes de presentar la demanda.

 

Nulidad de gastos de hipoteca

 

En la sentencia 705/2015 de 23 de diciembre de 2015 del Tribunal Supremo se declaró abusivas y nulas las cláusulas que imponen al consumidor estos gastos.

 

Se puede reclamar la devolución de los gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría e impuesto de actos jurídicos documentados (modelo 600).

Nulidad del IRPH

 

El IRPH es un índice de referencia usado frecuentemente en préstamos hipotecarios, cuyo valor generalmente estaba por encima del Euribor, por lo que una hipoteca con IRPH siempre pagaban más intereses que una hipoteca con Euribor, o cualquier otro índice de referencia.

 

El IRPH de Cajas ha sido declarado abusivo en numerosas ocasiones por Juzgados de Primera Instancia y Audiencias Provinciales, por no ser objetivo ni transparente, quedando su estipulación al arbitrio de las Entidades Financieras. Por eso se puede reclamar su nulidad, y la devolución del dinero cobrado en exceso por el banco.

 

Nulidad de otras cláusulas abusivas

 

Existen muchas otras cláusulas abusivas en las hipotecas, que si bien generalmente no se aplican, cuando lo hacen, como es el caso de la reclamación de posiciones deudoras, o el interés de demora, suponen una sangría de tu nómina.

 

Todas esas cláusulas abusivas se pueden reclamar con éxito, solo hay que saber cómo. Somos expertos en reclamaciones de este tipo, no dudes en acudir a nosotros.

 

Asesoramiento en constitución de nuevas hipotecas

 

Cuando hipoteca tu casa estás pidiendo muchos miles de euros al banco. Cualquier cláusula desconocida puede suponer que en un momento dado acabes pagando más por el préstamo; acuérdate de las cláusulas suelo o los gastos de hipoteca.

 

Te merece la pena asesorarse bien por alguien ajeno al banco, y con experiencia. Que no te engañen como lo hicieron con otros hasta ahora. Cuenta con un abogado especialista en cláusula suelo, entre otros aspectos, que supervise y te acompañe en el trámite. Será un ahorro para toda la vida.

¿Alguna consulta?

900 834 991 – info@rlex.es

¿QUIÉN LO PUEDE RECUPERAR?

 

Cualquiera de los titulares de una hipoteca vigente o cancelada hace menos de 4 años puede realizar esta reclamación en vía judicial o extrajudicial.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA LA RECLAMACIÓN

 

  • Escritura del préstamo hipotecario.
  • Novaciones del préstamo hipotecario, si las hubiese.
  • Acuerdos firmados con el banco, si los hubiese.
  • Un recibo de la cuota que se paga actualmente.
  • Facturas de gastos de hipoteca
  • HOJA DE ENCARGO FIRMADA
  • REQUERIMIENTO INICIAL
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¿CUÁNTO COBRAMOS?

 

Nuestro método de cobro es el mismo que en resto de los productos por el que interponemos reclamaciones.

 

  Suponemos coste CERO para nuestros clientes.

 

  Cobramos cuando el cliente recupera su dinero.

 

  Nuestros honorarios son un porcentaje del dinero que recupere el cliente, en función de la cláusula demandada.

 

  Cobramos una pequeña provisión de fondos (desde 45 €), en función de la cláusula en litigio, que son devueltos cuando el cliente recupere su dinero.

¿CUÁLES SON LOS PASOS QUE SEGUIMOS?

 

Para reclamar las cláusulas mencionadas seguimos los siguientes pasos:

 

1. Estudio de viabilidad de la demanda (totalmente gratuito)

 

2. Firma del cliente de hoja de encargo y requerimiento.

 

3. Burofax al banco con el requerimiento.

 

4. Le damos de 15 a 90 días para que contesten, según cláusula.

 

5. Pasado el tiempo indicado en el requerimiento se presenta la demanda en el juzgado de residencia del cliente.

 

6. Una vez presentada la demanda quedamos a la espera de la celebración del juicio.

 

7. Si el banco aceptase negociar le trasladamos al cliente la oferta que nos haga, porque es el cliente quién debe aceptarla y firmarla. Nosotros le asesoramos.

¿CÓMO SE INFORMA AL CLIENTE?

 

Para mantener informado al cliente de su procedimiento le rogamos facilite un correo electrónico, si no le llamamos.

 

  • Contactamos con usted cuando ponemos la demanda.
  • Contactamos con usted 15 días antes de la celebración del juicio
  • Contactamos con usted el día que tengamos la sentencia.

 

En cualquier momento el cliente nos puede llamar para informarse de su procedimiento.

¿QUÉ HACER SI LE LLAMA EL BANCO?

 

El banco sabe desde el primer día que nosotros representamos al cliente. En cualquier caso, dígale al banco que se dirija a nosotros:

900 834 991

info@rlex.es

Si está interesado puede ponerse en contacto con nosotros

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