Ha llegado el momento en el que no puedes pagar las deudas, ni las cuotas, ni renegociar. Eres insolvente, y no sabes que hacer. Quédate, porque tenemos una SOLUCIÓN DEFINITIVA.
En Coria del Río, logramos una sentencia pionera en España que permite a nuestros clientes ser exonerados del exceso de hipoteca, y de sus deudas, tanto públicas como privadas.
Primero, analizamos tu situación económica y te ofrecemos una solución definitiva. Nuestra propuesta no te costará nada y podrás cancelar todas tus deudas.
Contamos con abogados especializados en la materia y con sentencias exitosas. No podríamos ofrecerte más.
¡Consúltanos!
Podrás empezar de nuevo económicamente
Volverás a tener solvencia financiera.
Nadie más te volverá molestará más por teléfono
Al final, tendrás total tranquilidad con todo el mundo.
Da el paso, y acógete a la Ley de Segunda Oportunidad en Coria del Río.
En Rlex abogados estamos especializados en tramitar la Ley de Segunda Oportunidad, con sentencias pioneras en Coria del Río. Además, llevamos presentando procedimientos de Segunda Oportunidad desde el 2017 y todos con éxito.
Como abogados tramitamos todo el procedimiento, desde la planificación de la estrategia más adecuada hasta la declaración del concurso y salida de los archivos de morosos si fuese necesario; todo ello para conseguir la exoneración total de las deudas, públicas y privadas.
Solo en 2024 más de 35.500 personas consiguieron liquidar sus deudas; y en Coria del Río también.
Es un mecanismo legal que permite cancelar las deudas de las personas que no puedan pagarlas, cumpliendo unos requisitos mínimos.
El motivo es que esta ley está pensada para particulares y autónomos que no puedan hacer frente a todas sus deudas (préstamos, tarjetas, hipoteca, alquileres, Seguridad Social o Hacienda u otros pagos) y se encuentran en una situación de insolvencia crónica.
Si quieres conocer más sobre los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad, puedes encontrarlos en el marco regulatorio que es la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social y la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo.
Además, tras la última reforma de la Ley concursal del 2022, con la solicitud de Ley de Segunda Oportunidad, el deudor tiene derecho a conseguir la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), o lo que es lo mismo a cancelar sus deudas. Y casi siempre se consigue; solo hay que conocer muy bien el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad.
Primero y fundamental que la ley de Segunda Oportunidad te permite cancelar deudas de Seguridad Social y de Hacienda hasta un máximo de 10.000€ cada una, y no habla nada de otras deudas públicas como puedan ser las contraídas con Ayuntamientos.
Sin embargo, el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, a raíz de demandas como las presentadas por RLex Abogados, ha establecido como criterio que se deben exonerar todas las deudas públicas de Ayuntamientos y otras administraciones distintas de Seguridad Social y Hacienda. A los efectos, se trata de una EXONERACIÓN casi TOTAL de la deuda pública. Y los procedimientos de los habitantes de Coria del Río se tramitan en el Mercantil de Sevilla, por lo que el criterio será el mismo para todos los de Coria del Río.
Si a esto le sumamos que la ley te permite de la exoneración total de las deudas privadas; podemos afirmar que en Coria del Río nuestros clientes se pueden exonerar de casi el TOTAL de sus deudas.
Esta Ley está dirigida a personas físicas y autónomos , con los siguientes requisitos:
• Tener dos o más acreedores.
• Que las deudas sean inferiores a 5 millones de euros
• Actuar de buena fe.
• Estar en situación de insolvencia, no poder pagar las deudas.
• No tener condena por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.
Otro requisito fundamental, y que no se menciona en la Ley de Segunda Oportunidad, es contar con un equipo de abogados especialistas en la materia con dilatada experiencia, para organizar el acuerdo extrajudicial o el concurso consecutivos, según la situación de cada persona.
La situación económica y personal de cada persona es única, y hay que conocer muy bien la legislación y jurisprudencia vigente en esta materia y para cada juzgado, para poder asesorar y diseñar una estrategia que permita eliminar todo lo posible la deuda.
No lo dudes nunca, cuenta siempre con buenos abogados, porque de ello depende el éxito.
Si cumples los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad, es el momento de aprovechar que en Sevilla y su provincia la ley te permite no pagar más, o fraccionar los pagos a la medida de tus posibilidades.
Cuenta con nosotros, somos abogados expertos todo tipo de situaciones de insolvencia.
! En Coria del Río puedes contar con nosotros !
Todas aquellas personas físicas y autónomos, con deudas con más de un acreedor, que actuando de buena fe, se encuentren en situación de insolvencia, actual o inminente. Y que no haya sido condenado por delitos socieconómicos en los 10 años anteriores a la solicitud.
Puedes conseguir la cancelación total de todas tus deudas, o bien una reducción muy significativa y un plan de pagos; pudiendo conservar la vivienda habitual en la mayoría de los casos.
Con el inicio de la tramitación, se suspenden los embargos e intereses de deudas y se dejan de pagar las cuotas mensuales de préstamos, tarjetas y otras deudas (excepto hipotecas). Permitiendo el pago de las necesidades básicas personales y familiares. Por lo que, con la solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad, comienza la tranquilidad para el deudor.
En caso de vivienda en propiedad en la que residas, se puede optar por su liquidación o por mantenerla y aprobar un plan de pagos a 5 años del resto de las deudas.
Si el valor de la vivienda es igual o inferior al capital pendiente de amortizar la hipoteca, es posible que el Juzgado considere que no es necesario un plan de pagos a 5 años y pueda obtenerse la exoneración directa.
En Coria del Río te pueden exonerar de hasta 10.000€ de Hacienda y otro tanto de Seguridad Social, y el 100% de las deudas contraídas con otras Administraciones Pública (Ayuntamientos,…).
El procedimiento concursal se realiza en el seno del Juzgado de lo Mercantil de la localidad del deudor; y su duración es muy dependiente de la complejidad de la liquidación, de si existe plan de pagos, y sobre todo de la carga de trabajo del Juzgado. De media en España suelen durarn 8 meses; pero en Córdoba suelen ir más rápidos aún.
La Segunda Oportunidad termina con una resolución judicial por la
que se te exonera de todas tus deudas; y una vez que es firme debe ser acatada
por todos los acreedores. Además saldrás de todos los registros de morosos y no
podrán llamarte más en relación con las deudas.
La única posibilidad que contempla la ley de que se revoque es que haya un cambio muy
importante en tu situación económica (herencia, lotería, premios) en los 5 años
posteriores a la sentencia.