Cártel de fabricantes de coches: 5 cosas que debes saber

cártel de fabricación de coches

Cártel de fabricantes de coches: 5 cosas que debes saber

 

Cártel de fabricantes de coches

 

En esta ocasión nos gustaría centrarnos en otra temática de la que se está hablando en los últimaos meses: «Cártel de coches» o «cártel de fabricantes de coches». Últimamente nos encontramos con eslóganes tipo “reclama 2.500 €”, o “reclama 10 -15% del valor de compra del vehículo”. Por ello, en este artículo hablaremos sobre 5 cosas que debes saber sobre el cártel de fabricantes de coches, como qué es, qué plazos existen para reclamar o quién puede hacerlo.

 

¿Qué es un cártel?

 

Según la disposición adicional cuarta de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y la propia definición que proporciona la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC):

Se denomina cártel aquella actividad que consista en coordinar el comportamiento de una empresa en el mercado o influir en los parámetros de competencia, a través de conductas tales como la fijación, directa o indirecta, de precios, de otras condiciones comerciales o de servicio, de cuotas de producción o de ventas, los intercambios de información sobre precios a aplicar o cantidades proyectadas; el reparto de mercados, incluidas las pujas fraudulentas, la restricción de las importaciones o las exportaciones o los boicots colectivos, todas ellas comprendidas en el concepto de cártel. 

En resumidas cuentas, un cártel es un quebranto del principio de libre competencia del mercado, donde dos o más empresas fijan precios, o condiciones, o cuotas, traduciéndose en un perjuicio para el receptor / comprador del producto o servicio. Técnicamente, estas acciones sobre el mercado son conocidas como conductas colusorias.

Volviendo al cártel de fabricantes de coches, las conductas colusorias desplegadas lo han sido en cuanto a intercambios de información comercial sensible. Algunos ejemplos son información sobre estrategias de distribución comercial, márgenes, servicios de venta y posventa, y relativas a marketing.

Estas conductas se produjeron entre febrero de 2006 y agosto de 2013. Se convirtieron en un perjuicio para los compradores de los vehículos de las marcas integrantes del cártel adquiridos en el lapso temporal en el que operó dicho cártel.

 

¿Cuándo se ha destapado el cártel de vehículos?

 

La existencia del cártel de fabricación de coches se puso de manifiesto por la CNMC en una investigación que cristalizó en la resolución de fecha de 23 de julio de 2015 (expediente S/0482/13).

En ella fueron señalados 23 fabricantes como infractores de la Ley de Competencia, que representan aproximadamente un 90% de la cuota de mercado. Estas marcas son: CITROËN, MITSUBISHI, BMW, CHEVROLET, CHRYSLER, JEEP, DODGE, FIAT, ALFA ROMEO, LANCIA, FORD, OPEL, HONDA, HYUNDAI, KIA, MERCEDES BENZ, NISSAN, PEUGEOT, RENAULT, LEXUS, TOYOTA, SAAB, VOLVO; y el Grupo VOLKSWAGEN (Volkswagen, Audi, Seat, Skoda, Porsche).

En esta resolución se pusieron una serie de multas, salvo al Grupo Volkswagen, quien por medio de SEAT se acogió al programa de clemencia en materia de competencia, por medio del cual se procedió a la colaboración directa en la investigación llevada a cabo por la CNMC.

La realidad del cártel de fabricantes de coches no es un hecho nuevo, pero si podría entenderse como una noticia actual ya que se ha convertido en objeto de difusión cuando se publicaron las sentencias del Tribunal Supremo a partir de abril de 2021.

 

¿Qué plazos existen para reclamar?

 

Con la última sentencia del TJUE del 22 de junio del 2022, los plazos de prescripción para la reclamación en el caso de los Cárteles se amplían a 5 años, desde la sentencia firme contra la marca. Como todas las sentencias devinieron firmes en el 2021, el plazo de prescripción se ha ampliado hasta el 2026. 

Aún así, recomendamos reclamar lo antes posible, ahora que los jueces tienen reciente este tipo de pleitos, no solo por el Cártel del coche, si no también otros come el Cártel de los camiones, o de los hidrocarburos.

El grupo Volkswagen no recurrió la multa de la CNMC que le impuso ésta en el 2015, por lo que aplicándole la legislación vigente, las acciones contra el grupo han prescrito. A día de hoy no es viable reclamar a ninguna de las marcas que conforman el grupo Volkswagen.

 

 

 

¿Quién puede reclamar cártel de coches?

 

Pueden reclamar tanto particulares como empresas que hayan adquirido un vehículo de dichos fabricantes entre febrero de 2006 y agosto de 2013.

Sin embargo la participación en el cártel no fue homogénea, ya que no todas las marcas realizaron prácticas colusorias en ese intervalo.  Como ejemplo, Citroën y Alfa Romeo la extendieron durante todos los años. Mercedes Benz o Hyundai cometieron dichas conductas en los años 2010 y 2011, y 2010 y 2013, respectivamente.

Esto es, la condición del comprador, ya sea persona física, consumidor, empresario o profesional, es irrelevante a la hora de determinar quién puede reclamar, debiendo acudirse a las franjas temporales establecidas por la resolución de la CNMC para sancionar a los distintos fabricantes.

 

¿Cuánto se puede reclamar?

 

A la hora de reclamar cártel de coches es necesario elaborar un informe pericial para concretar cuánto se puede reclamar. Atendiendo al tipo de automóvil, modelo, equipamiento, motorización, precio de compra, etc, deberá determinarse el quantum indemnizatorio. Sin embargo, de forma estimada, cabría reclamar una media entre el 10% y 15% del valor de adquisición.

 

Documentación necesaria para reclamar cártel de coches

 

La documentación obligatoria que debes presentar es:

  • Contrato de compraventa y/o factura de compra, o contrato de renting o de financiación, en su caso.
  • Ficha técnica del vehículo (ITV), permiso de circulación, y tarjeta de transporte en su caso ser profesional
  • En caso de haber vendido el vehículo: contrato de venta, o justificante de ingreso
  • Mandato de representación firmado.

 

Cómo te puede ayudar Rlex en tu reclamación de cártel del coche

 

En Rlex somos abogados expertos en cárteles. Puedes contactar con nuestro despacho de abogados y te asesoraremos sin compromiso. Si el cártel de fabricantes de coches te ha ocasionado un perjuicio directo, no dejes que tu derecho a reclamar decaiga porque prescriban las acciones.

 



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