Dudas frecuentes sobre las Tarjetas Revolving

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Dudas frecuentes sobre las Tarjetas Revolving

Dudas frecuentes sobre las Tarjetas Revolving

Seguro que muchos habéis oído hablar sobre las Tarjetas Revolving, un tipo de tarjeta de crédito al consumo que las entidades financieras continúan ofreciendo, desde bancos tradicionales a tiendas. Son complejas de entender. Si a esto le añadimos la falta de transparencia en su comercialización, se convierten en una verdadera bomba de relojería. En este artículo vamos a abordar las dudas frecuentes sobre las Tarjetas Revolving y sus peculiaridades, como son la modalidad de aplazamiento y los elevados intereses. Si este tema de interesa, sigue leyendo nuestro post.

 

¿Por qué es controvertido su uso?

Las tarjetas revolving permiten aplazar y fraccionar los pagos de las compras realizadas. Pero, en lugar de ser un cobro a mes vencido como en una tarjeta de crédito, el abono se realiza en cuotas mensuales que generan altos intereses.  Además, estos minicréditos pueden emplearse independientemente de los fondos disponibles en la cuenta. 

Nos encontramos con un crédito, con un sistema de devolución perverso, y unos altos intereses. Podríamos decir que la tormenta perfecta para tumbar cualquier economía doméstica.

Nosotros instamos a nuestros clientes a usarlas con mucha prudencia, entender bien como funcionan y a reclamar las tarjetas revolving en caso de no haber sido informado correctamente sobre el producto.

 

¿Qué consecuencias tiene su uso?

Al pagar una cuota mensual baja, que suele ser lo habitual, se alarga la amortización del dinero dispuesto y, por tanto, se alargan los intereses. Al final la operación sale mucho más cara. 

Por otra parte, no es posible emitir un cuadro de amortización previo. Al variar la deuda cambian las cuotas mensuales y aparecen las sorpresas.

Al final, acabamos pagando pequeñas cuotas y el crédito pendiente en vez de disminuir sigue creciendo, de tal forma que se da la paradoja de ir pagando nuestra deuda mensualmente y que ésta siga creciendo.

 

¿Se pueden reclamar las tarjetas revolving? ¿Qué se consigue?

Sí, lo puedes reclamar. Aunque la deuda se pagara hace años, entendemos que siempre se puede reclamar lo que cobraron de más. La acción de nulidad de una cláusula abusiva no prescribe. 

Existen diversas opiniones sobre reclamar tarjetas revolving, pero en Rlex, abogados en Sevilla,  recomendamos hacerlo. Lamentablemente, las entidades financieras no hacen caso a estas reclamaciones hasta que se encuentran en vía judicial.

A las entidades financieras le solicitamos la nulidad del contrato y la devolución de los intereses usurarios. Como consecuencia de esta petición se puede conseguir la cancelación del contrato de la tarjeta de crédito, y la restitución del 100% de intereses y comisiones pagadas durante toda la vida del crédito.

Al final conseguimos deshacernos de una tarjeta de crédito y la devolución de todos los intereses pagados. Sería como haber tenido un préstamo sin intereses. Pero, insistimos, para ello no dejan más opción que reclamar las tarjetas revolving vía judicial.

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¿Qué jurisprudencia hay sobre estas tarjetas?

Estas tarjetas se tratan de instrumento financiero complejo, que puede llevar a la insolvencia. La sentencia del Supremo del 4 de marzo de 2020 consideró usura una tarjeta «revolving» con un TAE del 27% TAE, y acordó su nulidad. Si comparamos los intereses con la media de los créditos al consumo, que se sitúan alrededor del 7%, son mucho más elevados.

Según indica Adicae, hay cerca de 200 modelos de tarjetas susceptibles de incluir la opción «revolving» que alcanzan intereses de hasta el 30%, considerados abusivos.

No hay un límite en el tipo de interés a aplicar en este tipo de créditos. No son ilegales. Pero, según la mencionada sentencia del Supremo, se considera que hay usura cuando se aplica un interés notablemente superior al normal. En términos de interés TAE suele considerarse el 20%, y además se cree que es excesivo o desproporcionado.

Existen multitud de sentencias que dan la razón a los demandantes contra las financieras. A día de hoy la inmensa mayoría de pleitos se ganan. El cliente recupera su libertad económica y los intereses cobrados indebidamente.

El pasado mes de enero entraba en vigor la nueva normativa sobre tarjetas «revolving». Con ella se pretende dar mayor claridad y transparencia a la comercialización de este tipo de productos financieros. Se exige a las entidades bancarias un estudio previo de solvencia del cliente, y la obligación de dar información no solo precontractual (contratos formalizados tras la entrada en vigor). Sino también información periódica trimestral y adicional. Pero lo cobrado de más hasta la fecha solo se podrá reclamar vía judicial.

Con este artículo esperamos haber resuelto todas tus dudas sobre las tarjetas revolving. Recuerda que si necesitas ayuda, en Rlex somos especialistas en derecho bancario en Sevilla. Estudiaremos tu caso y te asesoraremos sin compromiso. ¡Solo ganamos si tú ganas!

 



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