El que paga el internet en una vivienda alquilada, ¿es el propietario o el inquilino?

El que paga el internet en una vivienda alquilada, ¿es el propietario o el inquilino?

 

En primer lugar, es necesario recalcar que existen varias formas de alquilar una vivienda, y dependiendo cuál sea el caso de cada uno, los gastos se pagarán de una forma u otra. Una vivienda puede ser alquilada con varios fines: para uso turístico, para una larga estancia o bien puede tratarse de un piso compartido o de estudiantes.

 

La factura de internet, ¿quién la paga?


Cuando se tiene la intención de alquilar una vivienda para permanecer en ella durante una larga estancia, es necesario saber que hay ciertos gastos que conlleva el vivir allí de los que hay que hacerse cargo, y que el propietario no está en la obligación de pagar. Un ejemplo de ellos sería la luz, el agua, el gas, desperfectos que ocasione el inquilino en la vivienda o el servicio de internet.

El propietario sí tiene que hacerse cargo de otra serie de gastos, pero que en ningún caso serán los mencionados en el párrafo anterior, estos son, por ejemplo: gastos provenientes de averías o reparaciones que deben hacerse en la vivienda y que se producen por su uso cotidiano, el IBI o los gastos de la comunidad.

Como hemos mencionado anteriormente, si se alquila una vivienda para habitarla durante un largo periodo de tiempo, es habitual que el propietario no tenga este servicio contratado. ¿Por qué sucede ésto? Porque así serán los propios inquilinos quienes puedan hacer un estudio de las distintas compañías y cuenten con la libertad de mirar las ofertas de internet que más se ajusten a sus necesidades y presupuesto. La factura resultante de contratar ese servicio, la deberán pagar los inquilinos.

Si se diese el caso de que el propietario alquila la vivienda con un servicio de internet ya contratado, los inquilinos deberán pagarle a él, mensualmente, el precio de esa factura.

El caso es distinto si de lo que se trata es de alquilar una vivienda para fines turísticos, ya que normalmente, el propietario cuenta con un servicio de internet contratado para esa vivienda, y es el mismo propietario el que se encarga de pagarlo.

En los pisos de estudiantes o compartidos, ¿quién se hace cargo de esta factura?


Como se ha mencionado en párrafos anteriores, el pago de esta factura varía dependiendo del tipo de alquiler que tenga un inmueble.

Cuando una vivienda es alquilada con la intención de ser compartida por más usuarios o por estudiantes, pueden darse dos casos, o que la vivienda no cuente con un servicio de internet contratado (lo más habitual) o que sí lo tenga.

Las personas que comparten piso o estudiantes buscan poder alquilar una vivienda en la que no tenga que estar sujetos a la tarifa que tenga el propietario contratada, y si se da este caso, los inquilinos tendrán esa libertad para elegir y comparar las compañías de internet con las características que estos buscan, ya que generalmente, estas personas buscan unas buenas tarifas que les permitan navegar a una buena velocidad. El precio de la misma se tendrá que dividir entre las personas que usen ese servicio, es decir, los inquilinos.

Cuando la vivienda ya tiene contratado estos servicios, los gastos correrán, de igual manera, por cuenta de los inquilinos de la vivienda, ya que forman parte de esos gastos que surgen al hacer un uso cotidiano de la misma.

Sea cual sea la finalidad con la que un propietario alquila una vivienda, los gastos de la tarifa de internet deberán pagarla los inquilinos. En las viviendas alquiladas para uso turístico no suele darse este caso, aunque eso no quiere decir que el propietario esté obligado a pagar este servicio en ningún caso.



Abrir chat
¡Hola! ¿En qué puedo ayudarte?
Abrir chat
¡Hola! ¿En qué puedo ayudarte?