En RLEX ASESORÍA LEGAL hemos desarrollado línea de actuación jurídica novedosa para conseguir la devolución de las cantidades invertidas por los afectados en la compraventa de viviendas en construcción, mediante la reclamación de dichos importes a las entidades financieras en las que se depositaron las cantidades.
De esta manera, se podrá requerir la restitución de las cantidades abonadas más los intereses correspondientes (cifra que en muchas ocasiones incluso dobla el principal aportado debido al transcurso del tiempo)
Un equipo experto al servicio de los afectados
Esta línea de actuación jurídica tiene su fundamento en la Ley 57/1968 de 27 de julio sobre percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.
Cualquiera de los titulares del contrato de compra-venta con la promotora o inmobiliaria, que puedan justificar de alguna forma el ingreso de las cantidades en una cuenta bancaria.
Si vemos viable el asunto, el cliente recupera el 100% del dinero que pueda acreditar entregado a cuenta, más los intereses, que suele ser un 4% anual adicional.
Por ejemplo, si entregó 30.000 € en el año 2007, a día de hoy podrá recuperar 30.000 más 12.700 € de intereses, es decir, en total puede recuperar unos 42.700 €.
1. Análisis de la viabilidad del asunto (Gratuito)
2. Firma del cliente de hoja de encargo profesional.
3. Recopilación de documentación complementaria y montaje del expediente.
4. Requerimiento fehaciente al banco para la devolución.
5. Si el banco no atiende el requerimiento se presenta la demanda en el juzgado de residencia del cliente.
6. Una vez presentada la demanda quedamos a la espera de la celebración del juicio.
7. Si el banco aceptase negociar le trasladamos al cliente la oferta que nos haga, porque es el cliente quién debe aceptarla y firmarla.
Contrato de Compra-Venta
Documentos que prueben los pagos realizados
Sentencia si se inició algún procedimiento judicial
Comunicaciones escritas mantenidas con el promotor
Hoja de encargo firmada
Poder general para pleitos
SI NO RECUPERAS TU DINERO, NO TE COSTARÁ NADA
Nuestros honorarios son a éxito; cobramos si el cliente recupera su dinero.
Suponemos coste CERO para nuestros clientes.
Repercutimos los honorarios de abogado y procurador a la Entidad Bancaria (Costas).
Adicionalmente cobramos un porcentaje (20%, más IVA) del dinero recuperado para el cliente, que supone menos de los intereses cobrados.
Cobramos una provisión de fondos de 295 € que devolvemos al final del procedimiento.
Para mantener informado al cliente de su procedimiento le rogamos facilite un correo electrónico, si no le llamamos. En cualquier momento el cliente nos puede llamar para informarse de su procedimiento.